LOS APORTES DE CAMPAÑA A LOS SUJETOS POLÍTICOS
La normativa electoral manda a que los sujetos políticos realicen un registro de los aportes recibidos para sus campañas políticas ya sea en dinero o bienes. También existe el límite de gasto electoral y el fondo electoral para promoción política. Para todo aquello se debe registrar un responsable económico por cada organización. El gasto electoral se lo distribuye de acuerdo al número de electores que existan en la circunscripción, parroquia, cantón o provincia dependiendo de la dignidad a elegirse, el fondo de promoción que entrega el CNE a cada candidatura no es una transferencia de fondos, el organismo electoral habilita un pin para que se paute. Esto quiere decir que solamente los medios de comunicación previamente autorizados y que han registrado el valor de la publicidad pueden ser usados a crédito por los candidatos valores que luego son pagados por el CNE, el organismo contrasta con el monitoreo que realiza a los medios. Pero lo que es público y notorio no lo rep...